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Al respecto fuentes del Ejecutivo explicaron a Gestión que el capítulo laboral del TLC no contiene ningún compromiso de EE.UU. ni de los países andinos de mantener la legislación laboral, ni el establecimiento de un mecanismo especial para reducir los beneficios laborales.
Además indicaron que ninguno de los otros TLC negociados por EE.UU. suposo un límite a la actividad del Estado para modificar su legislación interna, ya sea incrementando o reduciendo beneficios.
Por el contrario todos los TLC reconocen expresamente la autonomía que tiene cada país para autorregular su legislación, dentro de ello el tema laboral, comentaron.
Agregaron que con relación a los derechos fundamentales: proscripción de trabajo infantil; proscripción del trabajo forzoso; eliminación de cualquier forma de discriminación; salarios mínimos; jornada laboral y seguridad y salud; el TLC sí señala que no se podrá establecer una regulación inferior a la existente. Pero con relación al contenido de la OIT, subrayaron.
Principio de novedad Por su parte el ministro de Trabajo, Juan Sheput, intentó calmar algunas de las preocupaciones de los trabajadores, reiterando que el proyecto de formalización del empleo no afectará a los trabajadores que ya figuren en planilla.
Informó que para ello, vía reglamentación o en la propia ley, se establecerán mecanismos para impedir que un trabajador que ya figure en planilla pueda ser contratado bajo el nuevo régimen.
Explicó que en esta reforma se aplicará el principio de novedad, que implica que si un trabajador ya tiene un periodo acumulado con beneficios laborales, no se le podría aplicar el nuevo régimen.
En ese sentido si bien reconoció que existe riesgo de que los empresarios pretendan despedir a los trabajadores que ya gozan de beneficios laborales, hizo hincapié en que el mecanismo que se incluirá en el proyecto eliminará dicho riesgo.
Vacaciones En torno a las vacaciones, fuentes del Ejecutivo negaron que la OIT promueva 30 días de vacaciones, pues en el convenio 52 suscrito por el Perú se establece un piso mínimo de siete días. Por tanto el Perú podría reducir de 30 días a 15 días, sin ir contra lo establecido por el convenio.
En ese sentido comentaron que en nuestros países vecinos como Argentina, Colombia, Ecuador, Chile o Bolivia, se empiezan con 15 días de vacaciones y se va creciendo progresivamente.
En el caso de Bolivia se empieza con 7, en nuestro caso empezamos con 30, mencionaron.
Es más señalaron que el Perú tiene bastante altos los beneficios en comparación a los pisos tan bajos que establecen los Convenios OIT.
Mypes En tanto para Sheput la ley de Mypes no logró los beneficios esperados en formalización, porque tenía una trampita al tratarse de una norma de carácter temporal que vence en el 2008 y que castiga el crecimiento empresarial, pues al superar el tope de ventas, la empresa pierde los beneficios.
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