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20 de octubre de 2005
Vía libre a la reelección de Uribe
La República 13:27 Horas


La Corte Constitucional ha aprobado con una votación dispersa y para cada uno de los temas analizados, el acto legislativo que permitirá le reelección presidencial inmediata en Colombia. Pero el actual presidente, Álvaro Uribe, depende de la Ley de Garantías que se votará por este tribunal en un mes.

Después de cinco semanas de debate y de 14 sesiones, la sala en pleno de la Corte determinó que ni los vicios de trámite ni de competencia que se vaticinaron en las 18 demandas contra el acto legislativo no justificaron la inexequibilidad ni su devolución al Congreso.

Cepeda explicó que la Corte analizó los vicios que fueron presentados y dividió las 18 demandas en contra de la reelección en tres paquetes: de competencia, trámite y fondo.

En cuanto a los temas de competencia, el presidente de la Corte Constitucional, Manuel José Cepeda dijo, al leer un extenso comunicado, que la sala plena no encontró pruebas de la supuesta extralimitación de competencias por parte del Congreso.

"El Congreso no sustituyó la carta política como se había reiterado en las demandas, pues en este caso, será el pueblo quien decida a quién elige como Presidente", explicó Cepeda.

No obstante, la Corte Constitucional, por la votación generalizada en casi todas las demandas, ocho votos contra uno, consideró que sí hubo un vicio de competencia que supone una sustitución de poderes en el acto legislativo en el artículo que facultaba al Consejo de Estado para expedir una ley de garantías transitoria, si el Congreso no la sacaba antes del 20 de junio pasado.

Esa ley de garantías que también será objeto de revisión de constitucionalidad por la alta Corte, establece cómo se realizará la financiación de campañas para la Presidencia, entrega de igualdad de condiciones y participación en los medios de comunicación para los candidatos, el derecho a réplica, cuando hay un candidato-presidente, entre otros.

El tribunal constitucional decidió por mayoría no analizar los supuestos vicios de fondo, que se demandaron ante la Corte y por ello respetó los límites que contempla tanto la Carta Magna, como de la jurisprudencia.

Sobre este tema, la sala plena adujo que no le corresponde evaluar los alcances de la reelección presidencial ni el significado que tendrá en la historia política colombiana.

Trámite
En desarrollo del análisis, los magistrados señalaron que los congresistas tuvieron la oportunidad de participar en cada uno de los debates, tanto en las plenarias como en las comisiones y con ello, descartó cualquier ausencia de debate, que también se reclamó.

Durante las cinco semanas de discusión, los magistrados también evaluaron cada uno de los puntos sobre los impedimentos que tenían los congresistas para poder votar el acto legislativo. Los nueve magistrados concluyeron que ninguno de esas trabas constituían un vicio de trámite suficiente para derrotar la reelección presidencial, jurídicamente hablando.

Cepeda explicó que ninguno de los congresistas tuvo algún interés directo o inusual en la aprobación del acto legislativo, como se insinuó en el paquete de demandas. "El interés de los congresistas no era directo ni inmediato", explicó el presidente del tribunal.

Sobre este aspecto la sala plena señaló que las solicitudes de impedimento fueron resueltas de manera adecuada por las plenarias, tanto de Cámara y Senado y por ello aclaró que no era necesario enviarla a la Comisión de Ética del Legislativo.

La Corte sostuvo que lo que sí está vedado es que el congresista participe en un debate y vote, a pesar de estar impedido para ello.

Ley de garantías
Tras explicar el fallo del alto tribunal, el presidente de la Corte Constitucional, Manuel José Cepeda, aseguró que la entidad tiene plazo hasta el 11 de noviembre para pronunciarse sobre la exequibilidad o no de la Ley Estatutaria de Garantías Electorales que aseguraría el equilibrio para la oposición durante la campaña. En cuanto a quién debe expedir la Ley Estatutaria que desarrolle el principio de igualdad y fije las garantías para la oposición, la Corte declaró que es el Congreso de la República al que le corresponde esta labor. Ese proyecto ya está en la Corte Constitucional para su revisión", aseguró el magistrado.




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