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La decisión fue tomada por el tribunal presidido por la jueza Inés Villa Bonilla, quien de inmediato solicitó a la Policía Internacional (Interpol) de Lima la emisión de un oficio a su par chileno para que proceda al arresto de los tres ejecutivos. Según trascendió, desde Chile se habría comunicado que los implicados están en el país, por ende, son susceptibles de ser detenidos.
De esta forma se formalizaron los cargos en contra de los empresarios chilenos por instigación al tráfico de influencias que implica una pena aflictiva de 4 años, más 3 años de inhabilitación de cargos públicos y una multa de 10 millones de soles, es decir, unos US$ 3 millones para cada uno.
Ante la decisión de la jueza Villa, los abogados de los implicados, encabezados por Edmundo Eluchans, cuestionaron la medida y presentaron de inmediato un pedido de nulidad de la resolución ante la sala anticorrupción por considerar que no se ajusta a los artículos del tratado de extradición peruano chileno.
El abogado peruano de Lucchetti Perú, Carlos Caro, calificó de ilegal la medida por dos razones. La primera es que estos tipos de pedidos se solicitan en caso de urgencia lo que está vinculado a delitos gravísimos como terrorismo o tráfico de drogas, que no es el caso y segundo, porque estas solicitudes se producen cuando hay peligro de fuga, es decir, que los señores Méndez, Luksic y Pacheco, traten de escaparse de Chile, lo que es absurdo porque viven y trabajan ahí.
En horas de la tarde de ayer, los abogados de la defensa se comunicaron con Andrónico Luksic para informarle los pormenores de la audiencia en Lima. Uno de sus representantes legales, Gastón Gómez, señaló que el ejecutivo se encuentra tranquilo y esperando que con el correr del tiempo se solucione este proceso y se anule la solicitud de detención, que para ellos es innecesaria, por tratarse de personas honorables y respetables con domicilio conocido.
Gómez descartó nuevas acciones, mientras no se resuelvan las pendientes, entre ellas la petición de nulidad interpuesta ayer, ante la Primera Sala Penal Anticorrupción, la que deberá resolverse la próxima semana. De no acogerse el recurso de los ejecutivos de Lucchetti, la tramitación de la solicitud de la detención preventiva tendrá un plazo de 60 días para su ejecución.
Extradición De acuerdo al tratado de extradición vigente entre Chile y Perú, esta petición de detención preventiva es el paso previo para la extradición de los empresarios. Proceso que sólo se dará inicio, una vez que el Tribunal eleve una solicitud a la Corte Suprema de Perú y si ésta lo acepta, deberá enviar un oficio al departamento jurídico de la Cancillería de Perú para que los remita a su par chileno, el cual posteriormente deberá entregar los antecedentes del caso a la Corte Suprema, la que designará a uno de sus ministros para conocer -en primera instancia- de la solicitud de extradición.
Antes de recibirse la solicitud formal de extradición, el Ministro de la Corte Suprema podrá decretar la detención del imputado, si así se hubiere estipulado en el tratado respectivo o lo requiriere el Estado extranjero mediante una solicitud que contemple las menciones mínimas contempladas en el artículo 442 del Código Procesal Penal, tales como la existencia de una sentencia condenatoria firme o de una orden restrictiva o privativa de la libertad personal del imputado; y la declaración de que se solicitará formalmente la extradición, entre otras.
Reacciones Para el presidente del Colegio de Abogados de Perú, Marcos Ibazeta, la detención preventiva de los tres ejecutivos es una consecuencia normal de este proceso, debido a que los implicados fueron procesados y no acudieron a la vista de la causa. Sin embargo, el jurista reconoce que los magistrados de la primera sala penal posiblemente sienten la presión social más fuerte que antes. El Caso Lucchetti no se ha convertido aún en un símbolo de la lucha anticorrupción, pero ahora el pueblo ya está pidiendo que se dicte una sentencia, afirmó.
Ibazeta explicó también que en caso de que Luksic, Pacheco y Menéndez sigan faltando a las audiencias, lo normal sería que la orden de detención preventiva deje de ser domiciliaria e involucra que los imputados sean llevados a un recinto penitenciario. Esto pasaría con cualquier persona, peruana o chilena da igual, agregó.
Las cosas se complicaron cuando la justicia peruana declaró bajo la figura de reos contumaces a los ejecutivos de Lucchetti, quienes el pasado 29 de septiembre no se presentaron a declarar alegando falta de garantías en el proceso que se les sigue por tráfico de influencias. En ese momento la procuraduría peruana advirtió que si no se presentaban decretarían la captura internacional.
Tras ello, la defensa chilena también interpuso una recusación contra las magistradas de la Primera Sala Penal Anticorrupción, Inés Villa, Inés Tello e Hilda Rojas, por existir motivos fundados de discriminación y parcialidad en el proceso.
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